Ser un pequeño inversor no es fácil hoy en día. Los casos de inversiones ruinosas están a la orden del día en nuestro país. Suávitas ha sido noticia estos días con el anuncio del preconcurso de acreedores. Hace poco ha sucedido algo similar con Diario Negocio, por lo que está a punto de dejar de cotizar en el MAB. El caso de las participaciones preferentes ha arruinado a miles de familias. ¿Estamos ante pérdidas lícitas causadas por el riesgo o ante casos de estafa a los inversores?
El objetivo de este artículo es el de ayudar a los pequeños inversores a determinar si han sido víctimas de delitos de estafa para que realicen las acciones judiciales oportunas con el objetivo de reclamar sus derechos para ser indemnizados por el daño ocasionado.
El delito de estafa en la legislación penal española
Para examinar si ha existido un delito de estafa es necesario, en primer lugar, analizar la regulación de este delito en la legislación española. Es delito de estafa está tipificado en el artículo 248 y siguientes de nuestro Código Penal. El artículo 248.1 dicta que:
“Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.”
Por lo tanto, existen 4 elementos necesarios en el delito de estafa:
- El engaño: El engaño en el lenguaje común viene a ser considerado como hacer creer a alguien algo que no es cierto. El engaño puede consistir tanto en la afirmación de hechos falsos como en la desfiguración de los verdaderos.
- El error: El error es definido en el lenguaje común como un conocimiento inexacto o deformado por la realidad pero para que sea constitutivo del delito de estafa debe ser producido como consecuencia de un engaño y debe existir, por tanto, una relación de causalidad.
- El acto de disposición: El engañado tiene que realizar este acto de disposición a causa del error y puede consistir en dar una cosa o prestar un servicio y puede consistir tanto en cosas de hacer (realizar un pago) como en un omitir (renunciar a un crédito).
- El perjuicio: El delito de estafa es un delito de resultado porque tiene que haber un perjuicio para que exista estafa. El perjuicio tiene que ser de carácter patrimonial.
La pena por este delito viene fijada en el artículo 249 del Código Penal:
“Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.”
Por otro lado, la Ley Orgánica 5/2010 ha introducido en nuestro código penal un nuevo delito relacionado con la estafa a inversores mediante la falsificación de datos o informaciones sobre valores negociados en los mercados financieros. Este delito está regulado en el artículo 282 bis del Código Penal de esta manera:
“Los que, como administradores de hecho o de derecho de una sociedad emisora de valores negociados en los mercados de valores, falsearan la información económico-financiera contenida en los folletos de emisión de cualesquiera instrumentos financieros o las informaciones que la sociedad debe publicar y difundir conforme a la legislación del mercado de valores sobre sus recursos, actividades y negocios presentes y futuros, con el propósito de captar inversores o depositantes, colocar cualquier tipo de activo financiero, u obtener financiación por cualquier medio, serán castigados con la pena de prisión de uno a cuatro años”.
Tabla de contenido
El caso de Diario Negocio
Diario Negocio es una empresa dedicada a los medios de comunicación y a la realización de eventos relacionados con el mundo de la empresa y la inversión. Esta empresa decidió salir a cotizar al MAB con el objetivo de expandir su negocio.
En su folleto oficial de salida a bolsa, la compañía pronosticaba para el año 2.010 un aumento en las ventas del 63,4% y un aumento del beneficio neto del 178,2%. Parecía que esta compañía tenía un gran potencial, pero nuestros amigos de Gurusblog ya advirtieron de que la salida a bolsa de Diario Negocio parecía una salida desesperada del equipo gestor.
La triste realidad es que esta empresa no ha logrado levantar cabeza y se encuentra avocada a su liquidación, lo que implicará probablemente la pérdida de su inversión por parte de sus accionistas. Este calvario no lo sufren sólo sus accionistas, sino también sus empleados que llevan meses sin cobrar. Resulta cuanto menos irónico que un medio dedicado al mundo de los negocios se haya hundido a tanta velocidad.
El caso de Suávitas
Suávitas es una empresa de foto-depilación con sede en Valencia. Esta compañía sale a cotizar al MAB el 12 de abril de 2.012, hace menos de 7 meses. La empresa se presenta como un negocioncon grandes expectativas de crecimiento, que buscaba inversiones para su expansión.
Parecía todo muy bonito, hasta que llegó la presentación de los primeros resultados. Pese a que a los inversores se les “vendió” un aumento de las ventas del 34,1% en 2.012, la realidad ha sido que las ventas cayeron un 50% en la primera mitad del año. Tras estos resultados, la empresa se vio forzada a cerrar 6 de sus 15 clínicas.
A día de hoy, esta compañía que hace menos de 8 meses tenía un enorme potencial de crecimiento, se encuentra en preconcurso de acreedores.
Las famosas participaciones preferentes
Analizando el caso de la venta de participaciones preferentes por las entidades financieras de nuestro país, lo veo más claro. En los casos anteriores no he querido mojarme, pero en este caso sí que lo voy a hacer. En mi opinión, estamos ante claros delitos de estafa en muchos casos. De hecho, considero que no estamos ante el delito de estafa común del artículo 248, sino que estamos ante el delito de estafa agravado del artículo 250 del Código Penal, con pena de prisión que puede alcanzar los 6 años de cárcel. Esto se debe a que en muchos casos concurrieron los siguientes agravantes:
- Reviste especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que se ha dejado a las víctimas o a sus familias.
- El valor de la defraudación supera los 50.000 euros.
- Abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aprovechándose éste su credibilidad empresarial o profesional.
Pese a todo, el fiscal general del Estado considera que establecer que hubo estafa es difícil. Tengo que admitir que soy un simple licenciado en Derecho y no un Fiscal general, pero como dice el refrán “no hay mayor ciego que el que no quiere ver”.
¿Estamos ante estafas contra los inversores?
En primer lugar, debemos tener claro que es imposible determinar si se ha cometido una estafa sin investigar cada caso a fondo. En todos los casos que hemos analizado ha existido un acto de disposición y un perjuicio patrimonial. Por lo tanto, para determinar si ha existido estafa habría que determinar si ha habido un engaño que provocase un error en el inversor. En otras palabras, habrá que investigar si ha existido mala fe o si en realidad el equipo gestor de la compañía había realizado las previsiones de buena fe.
En conclusión, en el mejor de los casos estamos ante un equipo directivo mediocre, por lo menos en lo que a hacer previsiones se refiere, y en el peor estamos ante un delito de estafa. No debemos olvidar que en este país existe la presunción de inocencia y todos tenemos derecho a la tutela judicial efectiva, por lo que para saber si ha existido estafa los presuntos afectados deberían actuar judicialmente.
Espero que este artículo haya servido para ayudar a los afectados por este tipo de inversiones que se pueden calificar como mínimo de dudosas. Mi recomendación a todos los afectados por este tipo de prácticas es consultar con un abogado o una asociación de afectados, ya que es posible que hayan sido víctimas de un delito, cuya condena puede suponer una indemnización por los daños ocasionados. Estoy seguro de que los afectados por estafa que den este difícil paso contarán con el apoyo y simpatía de mucha gente, entre los que me incluyo, y darán un gran paso contra la impunidad de los delitos financieros que lleva años imperando en este país.